El 24 de abril de 2017 se publicó en el Registro Oficial Suplemento 990 la Resolución del SRI 260 sobre las Normas de Retención del Impuesto a la Renta de Productos Forestales NAC-DGERCGC17-00000260
Las disposiciones generales son las siguientes:
Primera: “El servicio de Rentas Internas pondrá a disposición del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador la información necesaria para la verificación del pago de la retención como requisito previo a cada exportación luego de la coordinación correspondiente.”
Segunda: “En los casos de comercialización local de productos forestales, la retención en la fuente del impuesto a la renta se regulará por las normas de retención del régimen general de impuesto a la renta, expedidas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC14-00787, publicada en el Tercer Registro Oficial Suplemento No. 364 de 2 de octubre de 2014.”
Disposición final:” La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial.”
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BPS ECUADOR: Resolución del SRI 260
28 abril 2017