El 21 de diciembre de 2016 se publicó el Decreto Legislativo Nº 1272, el cual modifica la Ley Nº 27444, y deroga la Ley Nº 29060. A continuación se explican las modificaciones más importantes.
Declaración de Nuevos Principios del Procedimiento Administrativo:
Se señalan los siguientes principios: Ejercicio legítimo del poder, responsabilidades y acceso permanente.
Modificación o prolongación del contenido de algunos Principios del Procedimiento Administrativo:
Se cambia el contenido y alcance de los siguientes principios:
- Buena Fe Procedimental: La Administración no debe actuar contra sus propios actos dentro del procedimiento.
- Predictibilidad: la Administración debe respetar las expectativas de los administradores y se prohíbe la variación injustificada de la interpretación que realiza la Administración sobre sus normas.
Aprobación automática y Fiscalización posterior:
Se incluye dentro de la categoría de procedimientos administrativo, se concede la potestad a la Presidencia de Consejo de Ministros para que establezcan que procedimientos deben quedar sujetos a la aprobación automática. La multa de 2 a 5 UIT por fraude o falsedad de información se eleva a una entre 5 y 10 UIT. Todos los procedimientos de aprobación automática son sometidos a fiscalización posterior.
Derechos de los Administradores y Normas Procedimentales:
Se instaura el derecho de los administradores a solicitar acceso a su expediente verbalmente. Se obliga a las entidades a habilitar espacios para la consulta de los expedientes.
Ejecución de actos administrativos:
El acto administrativo perderá garantía si transcurre dos años sin que la administración ejerza las acciones para su ejecución.
Actividad administrativa de fiscalización:
Se crea una sección dedicada a la regulación con carácter general de la actividad de fiscalización administrativa. Las facultades de la Administración sobre la actividad de fiscalización son: solicitar al administrado la presentación de documentos. Interrogar a los intervenidos. Ejecutar inspecciones son o sin previa notificación y realizar exámenes periciales.
Además se crean los siguientes deberes de la Administración: los inspectores deben identificarse a requerimientos de los intervenidos, mencionar la base legal que mantiene sus intervenciones, entregar copia del acta de fiscalización a los intervenidos y guardar reserva sobre la información obtenida.
En excelia queremos mantenerle informado sobre todas las novedades fiscales aplicables a su negocio. Si necesita cualquier aclaración no dude en contactar con nosotros.
BPS PERÚ: MODIFICACIÓN DE LA LEY ADMINISTRATIVA GENERAL
24 enero 2017