En diciembre del 2016 se publicó en el Diario Oficial “ El Peruano” el decreto legislativo Nº 1307 “ Decreto Legislativo que modifica el Código Procesal Penal para dotar de medidas de eficacia a la persecución y sanción de los delitos de corrupción de funcionarios”.
Lo más característico de este Decreto es lo siguiente:
- La sustitución del abogado defensor del procesado esta situación se da cuando el procesado no asista a una diligencia y sea de carácter inaplazable.
- Actuación de pruebas anticipadas en casos de criminalidad organizada , concusión, peculado,malversación de fondos, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito. En el proceso penal, la prueba anticipada implica la posibilidad de que se hagan actividades probatorias antes de la etapa procesal.
- Ampliación del plazo de la prisión preventiva para casos de criminalidad organizada. Se contempla dos plazos : 9 meses para casos comunes y 18 meses para casos más complejo.
- Utilización de Agentes Encubiertos y Agentes Especiales en los delitos de concusión, peculado,malversación de fondos, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito. Se incluirán dentro de la lista de delitos en cuya investigación se pueden utilizar tanto Agentes Encubiertos como Agentes Especiales.
- Se añade el “ operativo de revelación del delito” . Se ha implantado al Código Procesal Penal del artículo 68-A, se autoriza al fiscal que disponga y coordine con la policía para la realización de un operativo en conjunto.
- Creación del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Con este decreto se ha creado el “ Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios” sus características no se han descrito.
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BPS PERÚ: : Modificaciones del Código Procesal Penal
02 febrero 2017